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viernes, 30 de octubre de 2015

ACCIONES AFIRMATIVAS PARA LA EQUIDAD SOCIAL


“Debemos liberar a la mitad de la raza humana, las mujeres, para que ellas ayuden a liberar a la otra mitad”
Emmeline Pankhurst

Por principio, todos los seres humanos somos iguales y tenemos los mismos derechos sin distinción por motivos de raza, color, sexo religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

Sin embargo, existen determinados grupos que sufren de discriminación dentro del propio sistema normativo que privilegia a las mayorías pasando por alto la condición de vulnerabilidad en la que se encuentran sectores de población cuyos derechos han sido invisibilizados o minimizados.

Es así que asociamos el término “discriminación” con su aspecto negativo, pero puede también entenderse desde una perspectiva positiva, en aquellos casos en los que se aplique para favorecer a grupos desplazados.

El derecho a la igualdad no sólo implica el trato igual a los iguales, sino también el trato desigual a los desiguales, es por ello que se considera la determinación de normas especiales para los miembros de ciertos grupos considerados vulnerables o que requieren un tratamiento especial y compensatorio derivado de su desigual situación.

Ante esta problemática, a fin de lograr la igualación o equiparación de posibilidades, se han implementado mecanismos, como las acciones afirmativas, que funcionan como medidas o políticas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos ya sea con el fin de eliminar o reducir las desigualdades sociales, culturales o económicas que los afectan, o con el fin de lograr que los miembros de un grupo subrepresentado, que usualmente ha sido discriminado, tengan mayor visibilidad, participación y representación.  Se presentan como solución igualitaria frente a los problemas de desigualdad estructural, económica, social y política que se viven en nuestra sociedad.

El propósito es que las acciones afirmativas sean medidas temporales que ayuden a alcanzar la igualdad efectiva. Ejemplo de estas acciones, son los sistemas de cuotas, por ejemplo, las cuotas de género, y las acciones de trato preferencial, como los subsidios en servicios públicos para adultos mayores, o becas para sectores en desventaja.

Posiblemente te preguntarás por qué habría de interesarnos esto a las mujeres. La respuesta es sencilla, ya que generación tras generación, las mujeres hemos formado parte de un grupo que si bien en números es grande (no por mucho pero mayor al de los varones), en derechos y oportunidades nos vemos en desventaja en relación a los varones. Como mencioné en mi artículo anterior, esta condición de desigualdad se maximiza si hablamos de mujeres en situación de pobreza, mujeres con algún tipo de discapacidad o mujeres pertenecientes a grupos indígenas.

En este caso, las acciones afirmativas se presentan como conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, sin que ello implique que dichas medidas sólo sean aplicables a desigualdades por razón de género.

De no existir este tipo de medidas, los sectores postergados seguiríamos segregados de la posibilidad de participar en la toma de decisiones, quedando relegados a puestos de menor importancia o de escasa relevancia.

No se trata de discutir quién es más valioso que quién, puesto que todas y todos merecemos vivir en dignidad, sin importar condición alguna, sino de distinguir aquellas cargas que históricamente nos diferencian y relegan a fin de equilibrar las circunstancias, aunque ello implique, temporalmente, que la balanza se incline hacia un grupo determinado.

Paola Margarita López Macías

Twitter: @maolita_ 

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